Tal como lo señalamos en una entrada anterior, se publicó el contenido del proyecto de ley que busca la implementación de tres días al año en los que ciertos productos estarían exentos de IVA. Ya con algunos detalles del proyecto podemos hacer un análisis más robusto sobre los posibles efectos de la medida, que presentamos a continuación.
En primer lugar, en la presentación del texto del proyecto se da a conocer la lista de bienes en los que se aplicaría la exención: complementos de vestuario (básicamente accesorios como bolsos, maletines, paraguas, etc.), electrodomésticos, implementos deportivos, juguetes, vestuario, útiles escolares así como productos de aseo personal y del hogar. Además, se determinó que la aplicación del descuento se haría los días: segundo festivo de enero, 20 de julio y segundo sábado de diciembre.
Así, con el fin de analizar los posibles impactos de la medida, tanto en las finanzas personales de los hogares, como en las del país, realizamos un ejercicio utilizando los datos de la Encuesta Nacional de Presupuestos de los Hogares - ENPH del DANE y los resultados son bien interesantes.
El ejercicio consistió en el cálculo del gasto que hacen los hogares, desagregados por nivel de ingreso, en los productos seleccionados, para luego acercarnos a un posible “ahorro” en el valor pagado por IVA dado el descuento, teniendo en cuenta que los hogares podrían tomar decisiones sobre el momento en que realizan la compra de esos productos, sabiendo que va a haber un día en el que su costo va a ser menor. En pocas palabras, a manera de ejemplo, un hogar podría decidir no comprar vestuario 15 días antes del 20 de julio o 15 días después del 20 de julio, adquiriendo ese día la cantidad de ropa que hubiera comprado durante la ventana señalada, para aprovechar el menor costo.
Ese tiempo determina un mayor o menor costo fiscal de la medida, por lo que construimos varios escenarios. En el caso extremo en que el hogar pudiera decidir no comprar estos productos en todo el año y sólo hacerlo en alguno de los días sin IVA, se lograría un ahorro promedio cercano al 12% en el valor del impuesto que se paga al año, aunque con diferencias según el nivel de ingreso dado que para deciles menores, el ahorro podría ser mayor (incluso cercano al 20%).
No obstante, hay que tener en cuenta que es altamente probable que los hogares de menores ingresos no puedan ser tan flexibles respecto a sus decisiones de compra, lo que seguramente reduciría el efecto “ahorro” para ese segmento poblacional. Infortunadamente, esta diferencia no podemos evidenciarla con los datos disponibles.
Ahora bien, si la ventana de tiempo en que los hogares se abstienen de comprar los productos se reduce, por ejemplo a 90 días, ese ahorro en impuestos se reduce a la mitad (6%) y si se toman 30 días, el ahorro se reduce a un tercio de lo que sería a 90 (2%). En el otro caso extremo, en que los hogares no cambiaran sus decisiones de compra, implicaría una reducción del IVA pagado de menos del 1%.
Si se mira alguna literatura internacional (por ejemplo Agarwal, Marwell, & McGranahan, 2017), se ve que el comportamiento del consumidor tiende a ser el de no modificar sustancialmente sus hábitos de consumo respecto al momento de compra, por lo que se podría suponer que, en el agregado, las reducciones en el recaudo del IVA serían moderadas. Más aún, si se tiene en cuenta que los hogares que pueden “darse el lujo” de dejar de comprar artículos por largos periodos de tiempo son los de mayores ingresos, ellos son los que se verían mayormente beneficiados, en términos relativos a su pago en IVA.
Sin embargo, lo anterior también depende del tipo de bien sobre el que aplique el descuento. En el caso del estudio señalado, los artículos sobre los que se aplicaba la medida fueron ropa, zapatos y útiles escolares, que normalmente son baratos y para los cuales no hay mucho margen para cambiar el momento de compra, pero si los bienes son más caros, como electrodomésticos, podría haber una probabilidad mayor de que se aplace o adelante el momento de la compra.
Desde el punto de vista del recaudo, las estimaciones dan cuenta de un efecto muy diferente, según el comportamiento de los consumidores. Si se observan los distintos escenarios, aquel en que los hogares pudieran aplazar sus compras todo el año, hasta que llegue el día sin IVA, sería el de mayor impacto, con una cifra que podría llegar a 8 billones de pesos al año en reducción del recaudo. No obstante, a medida que se reduce el lapso de no compra, esa estimación también disminuye, hasta ser de 66 mil millones de pesos en el otro extremo.
De nuevo, un escenario muy probable sería aquel en el que los hogares no modifican sustancialmente sus tiempos de compra. Por ejemplo, si en los días sin IVA hicieran todas las compras de los productos en cuestión correspondientes a los 15 días anteriores y los 15 posteriores al día sin IVA, el impacto en recaudo sería de alrededor de 660 mil millones de pesos, según los resultados que arroja el análisis con el modelo de microsimulación del Observatorio Fiscal. Si la ventana de tiempo fuera de 30 días antes y después del día sin IVA, el impacto sobre el recaudo sería de 1,3 billones de pesos. De todas maneras, en términos relativos a la tarifa del IVA (19%), la medida probablemente significaría una reducción de menos de 0,5 puntos porcentuales.
Otros aspectos importantes del proyecto son los incentivos a la formalización de la actividad comercial, tales como que los pagos deben realizarse en medio electrónico y con factura, que podrían ser positivos para el mismo recaudo de IVA en el largo plazo.
Además, se intenta establecer un control al número de unidades a adquirir del bien, restringiéndolo a 3 por cada uno de los productos cubiertos, con la intención (acertada) de evitar que se aproveche la medida para la reventa posterior, y limitando los precios de venta de los artículos. De esta forma, seguramente el ahorro en IVA pagado sería más cercano al de los escenarios con menor o nulo tiempo sin compras, es decir bastante bajo.
Los cálculos realizados sugieren que el proyecto no ofrece un alivio tributario sustancial. Incluso en un escenario en el cual los consumidores pueden hacer un uso significativo de estos descuentos (como aquel en el cual pueden concentrar las compras de un mes en un solo día), el recaudo de IVA disminuye en unos 660 mil millones de pesos al año. Como punto de comparación, el recaudo anual total del IVA en Colombia supera los 50 billones de pesos. Si bien puede que el día sin IVA termine siendo, como en otros países, una medida políticamente popular, en realidad no representa un cambio de fondo al sistema tributario nacional.