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María Fernanda Gómez

¿Qué tan inflexible es el gasto público colombiano?

El siguiente periodo legislativo inicia el próximo 20 de julio. Esta fecha coincide también con la presentación del proyecto de ley de Presupuesto General de la Nación (PGN) por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) ante el Congreso de la República. Esto quiere decir que los parlamentarios electos en las pasadas elecciones del 11 de marzo deben asumir la inmensa responsabilidad de aprobar antes de la media noche del 20 de octubre el PGN para el 2019. Además, de acuerdo con el cronograma del ciclo presupuestal, quien resulte elegido presidente en las elecciones de este domingo podrá, entre el 7 de agosto y 25 de septiembre, periodo en el cuál el PGN sigue en una fase de estudio por parte de las comisiones económicas de ambas cámaras, exponer sus lineamientos frente a esta materia. Sin embargo, ¿Qué tanto margen de maniobra hay para hacer ajustes al PGN?

En Colombia el gasto público se ha caracterizado por ser altamente inflexible, lo que implica que el margen de maniobra del Gobierno para ajustar el presupuesto es limitado. Las inflexibilidades son de varios tipos: las rentas de destinación específica, los porcentajes mínimos de gasto establecidos en la Constitución o por mandatos de Ley, y las derivadas de las vigencias futuras.

Dentro de las inflexibilidades en los gastos sobresalen las transferencias que por mandato constitucional debe hacer la Nación a las entidades territoriales a través del Sistema General de Participaciones (SGP). Estos recursos se estiman con base en el crecimiento promedio de los ingresos corrientes de la nación en los últimos cuatro años y son de destinación específica para el sector educativo (58,5%), el sector salud (24,5%) y para agua potable y saneamiento básico (17%). Además, se deduce un 4% del total de estos recursos que se distribuye entre los resguardos indígenas, los municipios que limitan con el Río Grande de la Magdalena, programas de alimentación escolar y el Fondo Nacional de las Entidades Territoriales (Fonpet).

Para tener una idea de la magnitud de estas transferencias, en el 2018 se destinarán $36,7 billones de pesos al SGP, lo que equivale al 16% del PGN de 2018, que es de $235,6 billones. Sin embargo, estas no son las únicas transferencias inflexibles. Dentro de este rubro están también los aportes a las universidades, los pagos de pensiones, las prestaciones sociales de los maestros y otras transferencias. Es decir, las transferencias de ley en el 2018 son en total de $95,9 billones de pesos que equivalen a 41% del presupuesto.

Por otro lado, las vigencias futuras son compromisos de gasto que pre-asignan recursos públicos para la financiación de proyectos que por su naturaleza (generalmente proyectos de infraestructura) requieren ejecutarse en más de una vigencia fiscal. Si bien la figura de vigencias futuras es deseable en la medida que permite al Gobierno contratar proyectos de largo plazo, también introduce inflexibilidades en presupuestos futuros. Así, el total de las vigencias futuras autorizadas en el 2017 para el periodo 2018-2040 fue de $86,9 billones de pesos. De acuerdo con el Marco Fiscal de Mediano Plazo 2017 el 25,2% de estos recursos serán ejecutados por el próximo gobierno entre el 2019-2022 y específicamente en el 2019 serán de $7,3 billones. Es decir que $7,3 billones del PGN de 2019 ya están comprometidos y no pueden ser modificados ni redistribuidos.

Mencioné brevemente algunas de las inflexibilidades del gasto público, pero hay sin embargo muchas más. Por ejemplo, hay una norma constitucional que indica que el gasto social no podrá disminuir porcentualmente con respecto al del año anterior, lo que obliga al Gobierno a aumentar año tras año este gasto reduciendo a su vez la posibilidad de destinar estos recursos a otros rubros. Además, el Sistema General de Regalías y los recursos parafiscales constituyen otras de las fuentes de inflexibilidad en el presupuesto.

En conclusión, la posibilidad de redistribuir el gasto o ajustar el presupuesto resulta bastante limitada debido a un número importante de mandatos de Ley y a la Constitución que regulan la destinación de los recursos públicos. En últimas, hay limitaciones importantes a lo que en materia de presupuesto puedan cambiar los nuevos congresistas y quien sea elegido presidente.

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